jueves, 3 de abril de 2008

El decreto de deberes consagra la autoridad de la figura del profesor

Hoy en el Diario Información aparece publicada la sigiente noticia

La norma sobre convivencia escolar del Consell tipifica el acoso como conducta grave y prevé sanciones para actos cometidos fuera del recinto

Los profesores son considerados como autoridad pública en el desempeño de su función docente mientras que la conducta de los padres que no se impliquen en las medidas correctoras al alumno que lo necesite será puesta en conocimiento de las instituciones competentes. Éstas son sólo dos de las novedades del proyecto de decreto sobre la Convivencia Escolar en la Comunidad Valenciana que ayer presentó el conseller de Educación, Alejandro Font de Mora, en vísperas de ser aprobado por el Consell. La intención es que entre en vigor para el curso próximo 2008-2009.
Tras casi dos años de discusiones y más de medio millar de propuestas presentadas, el texto definitivo del Decreto sobre los Derechos y Deberes del Alumnado, Padres, Madres, Tutores o Tutoras, Profesorado y Personal de Administración y Servicios incorpora un 32% de las aportaciones de los distintos colectivos educativos.
"Se trata del documento más democrático de la historia", apuntó ayer el conseller, quien destacó que "mejorará la convivencia en las aulas y su funcionamiento, regulará el trato con el profesorado, aumentará la implicación de los padres en la educación de sus hijos, establecerá los derechos y deberes del alumnado y agilizará los procedimientos".
En el capítulo del alumnado, se contemplan hasta 19 conductas contrarias a la convivencia. Entre ellas, se incluyen la utilización inadecuada de las tecnologías de la información, el uso de teléfonos móviles, aparatos de sonido y electrónicos ajenos al proceso de enseñanza durante las actividades del centro o los actos que impidan el estudio de los compañeros.
"La publicidad, incluyendo la realizada a través de las tecnologías de la información y la comunicación", es decir, las grabaciones de actos violentos y su posterior divulgación por internet, se considera como circunstancia agravante en las medidas educativas correctoras. Estas infracciones serán corregidas con medidas que van desde la amonestación verbal a la suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un periodo no superior a 5 días lectivos.
Las conductas gravemente perjudiciales se tipifican en 16 distintas. "El acoso escolar entra por primera vez en una norma", resaltó Font de Mora, así como la suplantación de la personalidad en actos de la vida docente, la falsificación o deterioro de documentación académica y los daños graves causados a los locales, entran en este bloque.
Las medidas disciplinarias abarcan dese tareas educadoras en horario no lectivo a la suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares, el cambio de grupo o clase, la suspensión de asistencia a clases e, incluso, el cambio de centro educativo.
En estos casos -siempre según el texto del decreto- se comunicará el hecho al Ministerio Fiscal y a la dirección territorial de Educación; además, se abrirá instrucción del expediente disciplinario antes de adoptar las medidas disciplinarias. El plazo máximo para la resolución de éste desde la incoación, incluida la notificación, no podrá exceder de un mes.
La mediación y la comisión de convivencia en los consejos escolares de centro son otras de las novedades, así como la creación de unidades específicas para atender de forma integral a alumnos con trastornos permanentes o temporales de la personalidad y las aulas de convivencia.
Las acciones punitivas a los padres desaparecen del texto definitivo del proyecto pero, aun así, las familias son responsables no sólo de la educación de sus hijos sino de determinadas actitudes.
El decreto contempla que "los padres serán responsables civiles en los términos previstos por la legislación vigente" en caso de que sus hijos causen de forma intencionada daños a las instalaciones del centro. También rendirán cuentas, y deberán firmar un documento oficial, autorizando a sus hijos a salir del recinto escolar para ejercer su derecho a huelga y exonerando de cualquier responsabilidad al centro derivada de la actuación del alumno. Además, en las medidas correctoras en las que el centro reclame la implicación directa de los padres y éstos la rechacen, se pondrá en conocimiento de conselleria para adoptar medidas.
MAITE DUCAJÚ